AIP de SKSP Gustavo Rojas Pinilla (AD 2)

San Andrés · Controlado · IFR/VFR · 12°35'01" N 081°42'41" W · AIRAC 73/26, vigente desde el 1 oct 2026

Avisarme de SKSP

Sección AD 2 SKSP del AIP de Colombia, tal como la publica Aerocivil en el eAIP del AIRAC 73/26, vigente desde el 1 oct 2026. Para operar, verifica en la sección oficial AD 2 SKSP ↗, los NOTAM y los suplementos vigentes.

Elevación
18 ft (5 m)
Pistas
06/24 (2375 x 45 m)
Horario ATS (UTC)
H24
Combustible
JET A1, AVGAS 100/130
Categoría SEI
CAT 7
Altitud de transición
18000 FT (5486 M)
Cartas
18 cartas (AD 2.24)
Frecuencias
6 frecuencias (AD 2.18)

La app de Aerocartas

SKSP sin señal, en tu iPad

La app guarda las 18 cartas y las frecuencias de SKSP, te muestra su METAR y sus NOTAM y te avisa cuando un AIRAC las cambia.

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SKSP AD 2.2 Datos del aeródromo

DATOS GEOGRÁFICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL AERÓDROMO

Coordenadas ARP y Emplazamiento
123501.18N 0814240.82W NIL
Dirección y Distancia de la Ciudad
1.4 KM
Elevación / Temperatura de Referencia
Elev: 18 FT (5 M) / T: 30° C
Ondulación Geoidal en PSN ELEV AD
NIL
Declinación Magnética / Año (cambio anual)
4° W (2022)
Administración del aeródromo AD Administration
Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil
Dirección Address
Aeropuerto Internacional Gustavo Rojas Pinilla
Teléfono Telephone number
+57 60 (8) 5123415 +57 60 (8) 5129123 - TWR +57 60 (8) 5125386 +57 60 (8) 5127316 - ARO +57 60 (8) 5127317
WEBSITE / Email address
NIL
AFS address
SKSPYDYA - SKSPYDYX
Tipo de Tránsito
IFR/VFR
Observaciones
Archipiélago de San Andres, Providencia y Santa Catalina

SKSP AD 2.3 Horarios

HORAS DE FUNCIONAMIENTO

Explotador del AD
H24
Aduana e inmigración
1200 - 0800
Servicios Médicos y de Sanidad
1200 - 0800
Oficina de Información AIS
H24
Oficina de Notificación ATS (ARO)
H24
Oficina de Información MET
H24
Servicios de Tránsito Aéreo (ATS)
H24
Abastecimiento de Combustible
1200 - 0800
Servicios de Escala
No
Servicios de Seguridad de la Aviación
H24
Descongelamiento
No
Observaciones
NIL

SKSP AD 2.4 Servicios de escala y combustible

SERVICIOS E INSTALACIONES DE ESCALA

Elementos Disponibles para el Manejo de Carga
A cargo de las compañías aéreas
Tipo de Combustible y Lubricantes
JET A1 , AVGAS 100/130
Instalaciones y Capacidad de Abastecimiento de Combustible
Camiones cisterna: 2 de 10000 gal, 1 de 7000 gal y 1 de 6000 gal
Medidas para la Descongelación
No
Espacio de Hangar para las ACFT de paso
No
Instalaciones y Servicios de Reparación para las ACFT de paso
No
Observaciones
NIL

SKSP AD 2.5 Servicios para pasajeros

INSTALACIONES Y SERVICIOS PARA PASAJEROS

Hoteles
En la ciudad
Restaurantes
3
Posibilidades de Transporte
Taxis
Instalaciones y servicios médicos
Hospitales y clínicas en la ciudad
Banco Oficina de Correos
Cajeros automático Sí
Oficina de Turismo
Sí
Observaciones
NIL

SKSP AD 2.6 Salvamento y extinción de incendios (SEI)

SERVICIOS DE SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS

Categoría AD para Extinción de Incendios
CAT 7
Equipo de Salvamento
Herramienta de extricación, apertura forzada y corte
Capacidad para Retirar ACFT Inutilizadas
A cargo de las empresas aéreas o propietarios de las aeronaves.
Observaciones
Capacidad total de descarga 12.096 L/min, Se cuenta con acuerdos interinstitucionales con los Bomberos Estructurales Departamental, Policía Nacional, Armada Nacional, Fuerza Aérea y Defensa Civil. Si en el eventual estado que los accidentes sean en el agua y que requieren los botes de rescate, es la responsabilidad de la guardia costera/marina de guerra; se tiene una Carta de acuerdo firmada para tal efecto.

SKSP AD 2.7 Remoción de obstáculos

DISPONIBILIDAD SEGÚN LA ESTACIÓN DEL AÑO-REMOCIÓN DE OBSTÁCULOS EN LA SUPERFICIE

Tipos de Equipo de Remoción de Obstáculos
No
Prioridad de Remoción de Obstáculos
No
Observaciones
NIL

SKSP AD 2.8 Plataformas y calles de rodaje

DATOS SOBRE PLATAFORMAS, CALLES DE RODAJE Y EMPLAZAMIENTOS/POSICIONES DE VERIFICACIÓN DE EQUIPO

Designación, Superficie y Resistencia de las Plataformas
Ver tabla abajo
Designación, Ancho, Superficie y Resistencia de las Calles de Rodaje
Ver tabla abajo
Emplazamiento y Elevacion del ACL
Plataforma principal, elevación 1 m
Emplazamiento Puntos de Verificación VOR
VOR: NIL
Posición Puntos de Verificación del INS
INS: NIL
Observaciones
Posición de parqueo de aeronaves remota instalada al norte-este en coordenadas: 123515.243N 081425.342W, disponible para aeronaves categoría: A,B,C,D
IDSuperficieResistencia
Plataforma / ApronConcreto y Asfalto / Concrete and asphaltPCN 54/F/A/W/T
Calles de rodaje IDAnchoSuperficieResistenciaObservaciones
A23 MAsfalto / AsphaltPCN 54/F/A/W/T
B23 MAsfalto / AsphaltPCN 54/F/A/W/T

SKSP AD 2.9 Guía y señales en superficie

SISTEMA DE GUÍA Y CONTROL DEL MOVIMIENTO EN LA SUPERFICIE Y SEÑALES

Uso de Señales ID en los Puestos de ACFT Guías de TWY Sistema de Guía Visual de Atraque
Sí
Señales e Iluminación RWY y TWY
Señalización de RWY: Tableros iluminados / Señalización de TWY: Tableros iluminados y barras de parada
Barras de Parada y Luces de Protección RWY
Sí
Otras Medidas de Protección de RWY
NIL
Observaciones
Ejes señalizados con pintura.

SKSP AD 2.10 Obstáculos

OBSTÁCULOS DE AERÓDROMO

En el Área 2 / In Area 2
ID OBSTTipo de OBSTPosición OBSTELEV y HGT OBSTMarcación del OBST / Tipo, Color de LGT OBSTObservaciones
NOTE: Consultar listado de Obstáculos en el siguiente enlace / See list of Obstacles in the following link: Conjunto de datos AIP
En el Área 3 / In Area 3
ID OBSTTipo de OBSTPosición OBSTELEV y HGT OBSTMarcación del OBST / Tipo, Color de LGT OBSTObservaciones
NOTE: NIL

SKSP AD 2.11 Meteorología

INFORMACIÓN METEOROLÓGICA PROPORCIONADA

Oficina MET Conexa
AEROCIVIL EMA (Estacion Meteorologica de Aerodromo)
Horas de Servicio Oficina MET fuera del HR
H24
Oficina Responsable de la Preparación TAF Período de Validez
24 horas actualizados cada 6 horas
Disponibilidad TREND Intervalo de Expedición
TR Según tipo de tendencia
Exposiciones Verbales y Consulta
TAF, METAR, SPECI, SYNOP, CLIMAT
Documentación de Vuelo Idioma(s) Usado
Español, Ingles
Cartas Disponibles y Otra Información
Sí
Equipo Suplementario Disponible
Estacíon Meteorológica Automática
Dependencias ATS a las que se Suministra Información MET
SKSP TWR / APP / ARO
Información Adicional (Limitación del Servicio)
Información adicional disponible en la oficina principal

SKSP AD 2.12 Pistas

CARACTERÍSTICAS FÍSICAS DE LA PISTA

Designaciones RWYBRG GEO y MAGDimensiones de la RWY (m)Resistencia (PCN/PCR) y Superficie RWYCOORD THR/EXTREMO RWY y GUNDELEV THR y MAX ELEV de la TDZ de las RWY de PA
06—/ 0622375 x 45PCN 98/F/A/W/T Asfalto / Asphalt SWY: No123441.77N 0814314.60W — GUND: —THR 20 FT —
24—/ 2422375 x 45PCN 98/F/A/W/T Asfalto / Asphalt SWY: No123520.72N 0814206.79W — GUND: —THR 5 FT —
Pendiente RWY y SWYDimensiones SWY (m)Dimensiones CWY (m)Dimensiones Franja (m)Dimensiones RESA (m)Emplazamiento RAGOFZ
For Rwy 06: +0.2%60 x 128No2495 x 128NoNILNo
For Rwy 24: -0.2%No100 x 1282495 x 128NoNILNo
Designaciones RWYObservaciones
06NIL
24NIL

SKSP AD 2.13 Distancias declaradas

DISTANCIAS DECLARADAS

Designaciones RWY RWY DesignationsTORA (m)TODA (m)ASDA (m)LDA (m)Observaciones Remarks
062375237523752375NIL
242375237523752375NIL

SKSP AD 2.14 Luces de aproximación y de pista

LUCES DE APROXIMACIÓN Y DE PISTA

Designaciones RWYTipo, LEN y INTST LGT APCHColor RTHL y WBARTipo VASIS, (MEHT) PAPILEN, LGT TDZLEN, Separación, Color INTST RCLL
06NoVerde / GreenPAPI 3° 67 FT 5.24%No600 M, 30 M Blanca / Rojo White / Red LIH 1475 M, 30 M Blanca / White LIH 300 M, 30 M Rojo / Red LIH
24NoVerde / GreenPAPI 3° 52 FT 5.24%No600 M, 30 M Blanca / Rojo White / Red LIH 1475 M, 30 M Blanca / White LIH 300 M, 30 M Rojo / Red LIH
Designaciones RWYLEN, Separación , Color INTST REDLColor, RENL WBARLEN y Color STWL (m)LGT Identificadoras de Fin de RWY (REIL)Observaciones
061775 M Blanca / White LIH 600 M Amarilla / Yellow LIHRojo / RedNoNoNIL
241775 M Blanca / White LIH 600 M Amarilla / Yellow LIHRojo / RedNoNoNIL

SKSP AD 2.15 Otras luces y energía secundaria

OTROS SISTEMAS DE ILUMINACIÓN Y FUENTES SECUNDARIAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Emplazamiento, Características y Horas de Operación del ABN/IBN
ABN
Emplazamiento e Iluminación LDI /
LDI: NIL
Emplazamiento e Iluminación Anemómetro /
2 cerca TDZ 06 / 1 cerca TDZ 24
Anemometer Location and Lighting
2 close TDZ 06 / 1 close TDZ 24
Luces de Borde de TWY / TWY Edge lighting
A Azul / Blue B Azul / Blue
Luces de Eje de TWY / TWY Centerline lighting
No
Fuente Secundaria PWR Tiempo de Conmutación
1 planta de 150 KW, 2 plantas de 25 KW para el VOR
Observaciones
NIL

SKSP AD 2.16 Helicópteros

ZONA DE ATERRIZAJES PARA HELICÓPTEROS

Coordenadas TLOF o THR de FATO Coordinates TLOF or THR of FATO
No
ELEV TLOF y/o FATO (m/ft)
No
Dimensiones, SFC, Resistencia y Señales de TLOF y FATO
No,
BRG de FATO
No
Distancias Declaradas Disponible
No
Iluminación de APP y de la FATO
No
Observaciones
No

SKSP AD 2.17 Espacio aéreo

ESPACIO AÉREO DE LOS SERVICIOS DE TRÁNSITO AÉREO

Designación y Límites Laterales
CTR - SAN ANDRES Desde 123501N/0814239W; 123126N/0814735W; 123352N/0814925W; 123503N/0814746W por un arco de sentido horario de 5NM de radio centrado en 123501N/0814239W 123013N/0814407W; 122901N/0814546W; 123126N/0814735W; para el punto de origen
Límites Verticales
GND hasta 2000 FT AMSL
Clasificación del Espacio Aéreo
D
Distintivo de Llamada ATS Idiomas
Gustavo Rojas Pinilla TWR ES
Altitud de Transición
18000 FT (5486 M)
Horas de Aplicabilidad
NIL NIL
Observaciones
NIL NIL

SKSP AD 2.19 Radioayudas

RADIOAYUDAS PARA LA NAVEGACIÓN Y EL ATERRIZAJE

Tipo de Ayuda Variación Magnética Tipo OPS Soportada para ILS / MLS / GLS, GNSS básico y SBAS Clasificación para ILS Clasificación y Designaciones de las Instalaciones de APCH para GBAS Declinación Estación VOR/ILS/MLSIDFREQ y/and CHHR de Funciona- mientoCOORD GEO de la AntenaELEV Antena DMERDO Volumen SER FM Punto de Referencia GBASObservaciones
DVOR/DME (04° W)SPP113.30 MHZ (CH80X)H24123457.00N 0814219.00W161 FTNILVOR: cobertura / range 150 NM DME: cobertura / range 150 NM

SKSP AD 2.20 Reglamentación local

REGLAMENTACIÓN LOCAL

Parqueo aeronaves en zona de abastecimiento combustible

Está prohibido el estacionamiento de aeronaves en la posición de abastecimiento de combustible, para fines diferentes al suministro del mismo. Tan pronto como termine el tanqueo, las aeronaves deben ser retiradas de esta posición.

Plataforma limitada, entre las 0000-0200 y 1100-2359, tiempo máximo de permanencia para aeronaves: En vuelos nacionales 60 minutos. En vuelos Internacionales 90 minutos. Excepto operaciones militares.

Aeródromo limitado, No se permiten el aterrizaje de vuelos de carga no autorizados entre las 0000-1100, 1500-1930 y 2300-2359 excepto para operaciones militares.

Normas para el uso de la plataforma del aeropuerto Internacional Gustavo Rojas Pinilla de San Andrés Isla

Se establecen las siguientes normas para el uso de la plataforma del aeropuerto Gustavo Rojas Pinilla de San Andrés:

El control de aeródromo de San Andrés isla, terminará su control, tan pronto como la aeronave que aterrice abandone el área de aterrizaje.

Será responsabilidad del explotador de aeronaves disponer del personal calificado, para que guíe la aeronave al lugar de estacionamiento, sin omitir ninguna de las siguientes recomendaciones:

No se estacionarán aeronaves de tal forma que interfieran con el libre tránsito de otras que llegan o salen;

Los sitios de estacionamiento señalados por la UAEAC, se utilizaran de sur a norte, correspondiéndole a la primera aeronave que llega, la posición localizada más al sur de la plataforma y así sucesivamente;

Cuando los factores de saturamiento no permitan la aplicación de lo establecido en el literal b, los señaleros guiarán las aeronaves a las posiciones disponibles;

Dentro de operaciones normales, no se estacionará ninguna aeronave que obstruya las calles de rodaje que dan acceso al área de aterrizaje, y

Cuando la plataforma llegue al término crítico de saturamiento, el ATC tomará las medidas necesarias para garantizar la seguridad de las aeronaves que llegan, de lo cual informará oportunamente a los explotadores de aeronaves y dependencias ATC involucradas.

Todas las aeronaves de aviación civil en general nacionales e internacionales, estacionarán al costado NE de la plataforma, para fines de inspección.

Para la salida de las aeronaves desde la plataforma, el control de aeródromo de San Andrés suministrará los datos básicos pertinentes para la iniciación del vuelo, pero será responsabilidad del señalero de cada compañía aérea, guiar la aeronave a través de las aeronaves estacionadas, de una manera segura y eficaz, hasta el sitio donde no exista conflicto.

1 DESPEGUES DESDE INTERSECCIONES

Con el fin de agilizar el tránsito aéreo, optimizar la capacidad operacional de los aeródromos y disminuir, en cuanto sea posible, los tiempos de rodaje de las diversas aeronaves, se permite al personal de Controladores de Tránsito Aéreo para autorizar la maniobra de despegue de monomotores o bimotores (turbohélice o jet), desde cualquiera de las intersecciones detalladas, a solicitud de la tripulación o del Control de Tránsito Aéreo, siempre que medie aceptación por parte de la tripulación.

1.1. Los Operadores de Aeronave, que así les sea exigido por el Inspector Principal de Operaciones (POI), con excepción de aquellos de que trata el numeral 1.3., que deseen efectuar despegues desde alguna de las intersecciones, y en los sentidos aquí especificados, deberán realizar y presentar, para su aprobación por parte de la Secretaría de Seguridad Aérea de la UAE de Aeronáutica Civil, los correspondientes análisis de pista para las distancias de despegue del numeral 1.8.

1.2. El análisis de pista que trata el numeral anterior deberá considerar todos los aspectos que pudieran afectar el rendimiento de la aeronave durante la fase de despegue, tales como: elevación, pendiente y estado de la pista, dirección e intensidad del viento, temperatura, presión atmosférica, así como todos los obstáculos publicados en las inmediaciones de la trayectoria de despegue. Los pesos máximos, así obtenidos, deberán ser incorporados en los manuales de despacho, de peso y balance o en las guías de despacho de cada operador, de tal forma que puedan ser consultados fácilmente por los despachadores y las tripulaciones de vuelo.

1.3. Los Operadores de Aeronave, que así les sea exigido por el Inspector Principal de operaciones (POI), que obtengan los pesos de rendimiento proporcionados, o avalados, directamente por el fabricante de la aeronave, y utilizados según lo prescrito por el mismo, podrán efectuar despegues desde intersecciones sin haber presentado, ante la Secretaría de Seguridad Aérea de la UAEAC, la correspondiente revisión del manual de despacho, manual de peso y balance o guía de despacho, para su aprobación, siempre que previamente hayan presentado, y les haya sido aprobado, el análisis de pista para la operación inicial en dicho aeropuerto.

1.4. El Operador, que proceda según lo prescrito en el numeral 1.3., tendrá la obligación de presentar para su aprobación, ante la Secretaría de Seguridad Aérea, en un plazo no mayor a sesenta (60) días, la correspondiente revisión del Manual de Despacho, de Peso y Balance o Guías de despacho, con los diferentes análisis para el despegue desde intersecciones.

1.5. El Piloto al Mando es el único que, basado en la información contenida en los correspondientes Manuales de Despacho, de Peso y Balance o Guías de Despacho del Operador, podrá determinar la viabilidad o no, del despegue desde una intersección, previa verificación de que el peso calculado de despegue sea igual, o inferior, al establecido para la longitud y el estado de pista disponible, notificada por el Controlador de Aeródromo según numeral 1.8 o la indicada en los letreros de información. En consecuencia, el Piloto al Mando es el absoluto responsable de la SEGURIDAD operacional de la aeronave, como quiera que el Controlador de Tránsito Aéreo, queda eximido de toda responsabilidad que dicha operación conlleva.

1.6. La transgresión de lo preceptuado aquí, ya sea por acción o por omisión por parte del Operador de la Aeronave, constituye una infracción de orden técnico, y podrá ser objeto de la facultad sancionatoria que tiene la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - UAEAC. en concordancia a lo establecido en la Parte Séptima (Régimen Sancionatorio) de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia; sin detrimento de la competencia y actuaciones a que hubiera lugar por parte de otras autoridades, si dicha infracción así lo amerita.

1.7. El Controlador de Aeródromo deberá:

Notificar a la tripulación, tan pronto como sea posible, y en todo caso, antes de que la aeronave ingrese a la pista en uso, el Recorrido de Despegue Disponible (TORA), ver 1.8. El Controlador de Aeródromo podrá omitir esta información cuando se hayan emplazado los correspondientes letreros de información, horizontales y/o verticales.

Informar a las tripulaciones de las aeronaves involucradas, respecto de la presencia y posición de cualquier otro tránsito sobre la misma pista o próximo a ingresar a ella.

Abstenerse de expedir autorizaciones para despegues condicionadas a la presencia de otra aeronave en final cuando, a su juicio, la aeronave que se alista para despegar desde una intersección NO tiene suficiente visibilidad para identificar la aeronave reportada.

Aplicar la correspondiente separación por turbulencia de estela para los casos en que una segunda aeronave despega desde una intersección.

El Controlador de Tránsito Aéreo no tiene la competencia para determinar si un operador se encuentra o NO autorizado para efectuar despegues desde las intersecciones de pista, por lo que el absoluto responsable de dicha maniobra es el Piloto al mando, tal como quedó establecido en el numeral 1.5 anterior.

1.8. Intersecciones autorizadas:

RWYINTERSECCION INTERSECTIONDISTANCIA DISTANCE TORA (m)
24ALPHA2300
24BRAVO2030

Este procedimiento NO aplicará en presencia de:

Fenómenos meteorológicos que impidan la rápida y segura evaluación de las condiciones de tránsito sobre la pista, visibilidad menor o igual a 3000 Metros, o cuando el Controlador de Aeródromo, por cualquier motivo, meteorológico o no, NO logre apreciar la longitud total de la pista.

Un obstáculo temporal, ubicado en la trayectoria inicial de salida, salvo que se haya realizado un estudio específico, por parte del Grupo Procedimientos ATM de la Dirección de Operaciones de Navegación Aérea, y siempre que se haya publicado el NOTAM correspondiente.

Este procedimiento NO aplicará, entre (0400 UTC) y (1059 UTC), si el sentido en que se realice dicho despegue implica el sobrevuelo de áreas urbanas, a menos que exista una restricción sobre la disponibilidad de la longitud total de la pista.

SKSP AD 2.21 Atenuación de ruido

PROCEDIMIENTOS DE ATENUACIÓN DE RUIDO

NIL

SKSP AD 2.22 Procedimientos de vuelo

PROCEDIMIENTOS DE VUELO

MÍNIMOS PARA MANIOBRAS DE DESPEGUE

Mínimos de despegue pista 06 Takeoff minima runway 06630’ (622) 4000 m.
Mínimos de despegue pista 24 Takeoff minima runway 24420’ (396) 3200 m.

REQUISITOS OPERACIONALES PARA MANIOBRAS DE DESPEGUE CON MÍNIMOS INFERIORES AL ESTANDAR

Luces de borde de pista (REDL) en servicio.

Luces de eje de pista (RCLL) en servicio, O, Marcas de eje de pista (RCLM).

Visibilidad: 500m Techo de Nubes: 0ft

NOTA 1:

Para la utilización de los mínimos de despegue inferiores al estándar se deberá contar con:

El correspondiente permiso de la Secretaría de Seguridad Aérea de la UAEAC.

Un procedimiento de salida instrumental para falla de motor después de V1, aprobado por la Dirección de Operaciones de Navegación Aérea y/o la Secretaría de Seguridad Aérea de la UAEAC.

Un aeródromo de alternativa de despegue.

Bimotores: A no más de una (1) hora del aeropuerto de salida a velocidad de crucero normal en el aire calmado con un motor inoperativo.

Aeronaves de tres (3) O más motores: A no más de dos (2) hora del aeropuerto de salida a velocidad de crucero normal en el aire calmado con un motor inoperativo.

NOTA 2:

Las aeronaves monomotores operarán con 3000m de visibilidad y 600ft de techo de nubes.

SKSP AD 2.23 Información suplementaria

INFORMACIÓN SUPLEMENTARIA

Ejercer precaución debido a concentración de aves en inmediaciones del aeródromo.

Presencia de objetos extraños en calle de rodaje B y plataforma, ejercer precaución.

Torre visibilidad reducida hacia: umbral pista 06, umbral pista 24, calle de rodaje A, plataforma sector NE y tramo de aproximación final.

SKSP AD 2.25 Penetración de la superficie del tramo visual (VSS)

PENETRACIÓN DE LA SUPERFICIE DEL TRAMO VISUAL (VSS)

IDTIPO/TYPECOORDELEVHGTALTOBSERVACIONES/REMARKS
Árbol / Tree123525.71N 0814201.46W69 ftObstáculo que penetran superficie de tramo visual (VSS) / Obstacle penetrating visual segment surface (VSS)

Preguntas sobre el AIP de SKSP

¿Cuál es la elevación de SKSP Gustavo Rojas Pinilla?

18 ft (5 m), según la sección AD 2.2 (AD 2 SKSP del eAIP de Aerocivil, AIRAC 73/26).

¿Qué pistas tiene Gustavo Rojas Pinilla?

Pista 06/24 (2375 x 45 m), según la sección AD 2.12 (AD 2 SKSP del eAIP de Aerocivil, AIRAC 73/26).

¿Cuál es el TORA y el LDA de la pista 06 de SKSP?

TORA 2375 m, TODA 2375 m, ASDA 2375 m y LDA 2375 m (AD 2.13). Revisa las observaciones de la sección antes de calcular el despegue.

¿Cuál es el horario de los servicios de tránsito aéreo de SKSP?

H24 (hora UTC), según la sección AD 2.3. Confirma los cambios temporales en los NOTAM de SKSP.

¿Qué combustible hay en Gustavo Rojas Pinilla?

JET A1, AVGAS 100/130, según la sección AD 2.4 (AD 2 SKSP del eAIP de Aerocivil, AIRAC 73/26).

¿Qué categoría SEI tiene SKSP?

CAT 7, según la sección AD 2.6 de salvamento y extinción de incendios.

Fuente: eAIP de Aerocivil, AD 2 SKSP ↗, AMDT 73/26. Aerocartas no es fuente oficial; el texto se extrae del eAIP público en cada ciclo AIRAC y puede contener errores de extracción.